(publicado en confilegal.com)
Mucho se está hablando sobre el
Decreto sobre violencia de género que desarrolla el Pacto de Estado, y sobre
todo se pone en tela de juicio su constitucionalidad, e incluso sobre si el
gobierno ha podido cometer algún delito público al aprobarlo de la forma que lo
ha hecho.
Se dice que podría vulnerar la
presunción de inocencia de los hombres y los chicos jóvenes en España. Incluso
que dicho Decreto convierte a los servicios sociales en una especie de policía
de género, al estilo de las brigadas sociales de otros tiempos.
Pero no es solo el RDL 9/18 de 3
de agosto el que va a provocar muchos conflictos en los tribunales, sino
también una ley que ha pasado desapercibida como es la Ley 7/2018 de 30 de
Julio de la Junta de Andalucía, que es la que abre esta peligrosa puerta a
legalizar el trato discriminatorio de personas en nuestro país.
Así se refleja en esta ley, que
un niño cuyo padre ha sido asesinado o maltratado, no tiene protección institucional
alguna, frente al niño cuya madre ha sido asesinada o maltratada. Estos últimos
tienen todo tipo de medidas de protección, pero aquellos son ignorados por la
ley y por la Junta de Andalucía, al igual que hace de forma implícita el RDL
9/18.
Muchos lectores desconocen que
los mecanismos ahora aprobados, vienen poniéndose en practica de forma
experimental en distintos juzgados de España y en determinadas CCAA.
Por ello, voy a explicar aquí,
las consecuencias que se está produciendo en la vida de los niños y niñas
cuando estos mecanismos se ponen en marcha.
Un caso real:
Pareja con hija de 8 años. Ambos
progenitores deciden vivir separados. La madre quiere la custodia exclusiva y
600 euros de pensión. El padre la custodia compartida y ofrece una pensión de
150 euros al mes, dada la diferencia de ingresos de ambos progenitores. Indicar
que, con ellos vive un hijo del padre de otra relación anterior, de 11
años.
La madre, ante ello, acude a los
servicios sociales de un pequeño ayuntamiento y siguen los siguientes pasos:
1º.- Entrevista con trabajadora
social
2º.- Llevan a la niña a una
entrevista de evaluación.
3º.- Emiten un informe “oficial”
de que la madre es una mujer maltratada, teniendo como base lo que ella les ha
contado.
4º.- La causa del maltrato es
literalmente: Han discutido porque el padre quiere quitarle la custodia (exclusiva)
de su hija y como consecuencia de ello, sufre una ansiedad terrible. Se apoyan
en el “testimonio” de la niña, que ratifica que su padre se peleó con su madre
en casa hace unos días.
En el “informe” de tres páginas
se dice siempre que “la mujer refiere que…” y en el relato se vierten todo tipo
de mentiras sobre el padre, pero éste “informe” da credibilidad a esas
mentiras.
El padre busca un abogado para
pedir la custodia compartida de su hija, pero hete aquí que la madre decide
irse a otro pueblo, a la casa de sus padres y se lleva a la niña con ella. La
madre es aconsejada por los servicios sociales que acuda con su “informe” a los
servicios sociales del nuevo pueblo, y que éstos avisen a la policía local, que
ella, es una mujer maltratada.
El padre acude un viernes, ya que
es médico cirujano y ha trabajado toda la semana, al pueblo donde ella se ha
trasladado con su hija, y le pide ver y estar con su hija. La madre se niega y
llama a la guardia civil.
Acude la Guardia civil, y tras
hablar con el padre tranquilamente, hablan con la madre y ésta les enseña el
“informe” de los servicios sociales. La guardia Civil conmina al padre para que
se vaya y que acuda a un abogado y haga lo que estime pertinente, pero ante un
Juzgado.
El padre se niega, y dice que
“eso es un secuestro de su hija”….entretanto la madre llama a su abogada y ésta
le aconseja ir al médico y denunciar.
El padre, tras media hora de conversación
tensa con un guardia, decide marcharse del lugar a su casa e intentar contactar
un viernes por la tarde con su abogado, a ver que se puede hacer. Nada, no le
coge el teléfono.
La madre se va al centro de
salud, y cuenta que tiene un ataque de ansiedad y sentía miedo de que se
llevaran a su hija y de lo que “pudiera hacer el padre”. Enseña de nuevo el
“informe” de los SS del Ayuntamiento al médico.
El médico, ante esa información,
decide hacer un parte de lesiones por violencia de género y pasarlo al juzgado
de guardia. Es el protocolo obligatorio del “por si acaso”, que decida un Juez.
Con su parte bajo el brazo, la
mujer va al cuartel y pone una denuncia por violencia de género.
Una hora y media más tarde,
cuando el padre acude al Cuartel porque lo han llamado por teléfono para “un
asunto de su interés”, resulta detenido y lo pasan al calabozo.
Esta detención se prologa hasta
la tarde del sábado, que pasa al Juzgado, es conducido en un coche policial,
esposado, sin asear y muy enfadado por lo que está pasando, lo conducen hasta
la Juez de guardia de viogén de ese día.
Le preguntan sobre si es verdad
que ha discutido con su mujer y él dice que sí, y reconoce que el la tocó a
ella cuando ella, hace unos días, le intento agredir, pero que él lo que hizo
fue apartarla de forma instintiva. Le preguntan si la niña estaba delante ese
día, y el dice que si y que se puso a llorar y estaba asustada por los gritos
de su madre.
Le preguntan por qué ella ha
acudido a los servicios sociales y éstos ratifican en su “informe” que ella, es
una mujer maltratada. El y su abogado de oficio no pueden dar una explicación a
ello. ¿Acaso pueden demostrar que es mentira lo que dice ese informe?
La juez decide poner una orden de
alejamiento, establecer una pensión de 600 euros, le da la custodia de la niña
a la madre y suspende las visitas y, lo que es mas grave, otorga la patria
potestad exclusiva a la madre para llevar a la niña a la psicóloga de los
servicios sociales, o a quien quiera. La juez autoriza a la madre a cambiar a
la niña de colegio y de ciudad.
Han pasado cuatro años desde
aquello, y ahora el padre ha vuelto a ver a su hija a solas, en casa.
Tras dos años de tratamiento
obligatorio en un ETF (Equipo de tratamiento Familiar) de los Servicios
Sociales del Ayuntamiento, un año de punto de encuentro de visitas dos horas a
la semana supervisadas en un cuarto de cuatro m2. Y todo, gracias a que hubo
sentencia absolutoria en la denuncia penal.
La madre ha estado cobrando la
RAI (Renta de inserción activa) y ha recibido todo tipo de ayudas sociales,
incluso ha podido acceder a una vivienda de renta básica y a un trabajo, ya que
por contratar a una mujer, declarada como maltratada oficialmente por los SS,
las empresas tienen muchas ventajas económicas.
Pero vamos a la cuestión, la hija
ya tiene 12 años y su hermano 15.
¿Alguien en todo este proceso, ha
pensado en la relación de los dos hermanos?
¿Alguien ha pensado, en cómo
afectó a la niña que su padre desapareciera de su vida por completo?
¿Y que desaparecieran los
abuelos, los primos y sus amigas del colegio y de la “Urba”?
Para humanizar un poco más este
artículo, pongámosle a la niña un nombre (supuesto) y a su hermano: Soraya y
Pedro.
Hace unos años, en Bonn, en el
Primer Congreso Internacional sobre la custodia compartida, nos reunimos gente
de más de 42 países, y entre otros temas, hablamos sobre cómo perciben y viven
los niños la separación de sus padres, durante o tras un divorcio.
Así, el Profesor Jan Piet de Man del Centro Europeo del
interés del niño de Bruselas, nos hizo recapacitar sobre ello (el tiempo) con
este cuadro de su estudio longitudinal:
Mucha gente lee este cuadro y no
lo termina de comprender, y por eso he intentado explicarlo de otra forma:
Si hacemos un esfuerzo y pensamos
en nuestra infancia, debemos recordar cómo de largo se nos hacía el verano
cuando éramos niños. Si lo comparamos con el cómo de corto se nos hace ahora
que somos adultos, podemos llegar a comprender que el “tiempo” en los niños es
un concepto muy distinto al tiempo de los adultos.
También hice un esfuerzo en
explicar cómo perciben los niños el espacio, de una forma tan distinta a los
adultos. Cómo de pequeños, nos parecía el patio del colegio tan grande, y ahora
de adultos, lo percibimos como más pequeño.
También hacemos el esfuerzo de
explicar de que los niños necesitan estabilidad en sus afectos, y esa
estabilidad se la dan la gente que les quieren, sus padres, sus hermanos, su
familia extensa y sus amigos.
Y hay que propiciar que no
pierdan esa estabilidad, sea cuales sean las circunstancias, en la de la
separación de sus padres.
En el caso de Soraya, ésta ha
estado 4 años sin ver a su padre, a sus abuelos, a su hermano y a sus amigas
del colegio de “toda la vida”.
Imaginad que sois niños y estáis
4 años sin ver a toda esa gente que te quiere y a las que quieres.
Gracias al “informe” de los
servicios sociales, esta niña ahora tiene que ir a un psicólogo y tiene que
tomar pastillas para dormir, aunque va mejorando cada día.
Hoy ya, Soraya ha hablado con su
hermano y su abuela. Y cuenta esta pesadilla que ha vivido:
En los servicios sociales, una
trabajadora social el dijo que “su padre era malo”, que había maltratado a su
madre. Su madre y la abuela le decían lo mismo, y con ocho años, una niña no
tiene mas remedio que “creer” lo que le dicen los adultos que cuidan de ella y
de los que depende (Síndrome de Estocolmo).
A su hermano Pedro, le ha dicho
que tenía miedo de su padre, pero que solo le pasó desde que fue a los
servicios sociales. Además, no entendía por qué su padre no iba a verla. Ella
no sabía que el padre no podía ir a verla.
Que ella no quería ver a su
padre, porque no quería disgustar a su madre, que decía que sufría mucho que
ella tuviera que ir a ver a un maltratador al Punto de Encuentro.
Gracias al PEF, pudo recuperar su
memoria y empezar a comprender que no todo lo que le dijeron, era verdad.
Pedro le recordó que era su madre
quién gritaba y se ponía violenta. Y que su padre siempre intentó que ellos,
Soraya y el, estuvieran al margen de todo. Soraya empezó a recordar y a
comprender.
Poco a poco Soraya ha ido
recuperado sus afectos, y ahora se siente mal, porque descubre con estupor cómo
la han mentido tanto tiempo, “esa gente del ayuntamiento” como ella dice.
Echa de menos a su abuelo, al que
tanto la quería y que le hacía cosquillas en la espalda cuando veían la tele, y
le daba “chuches” a escondidas. Su abuelo murió hace un año, y ya nunca podrá
volver a verlo. Solo le quedan unas fotos que le ha dado su padre, para poder
recordar su cara.
Ahora, Soraya va a un psicólogo
que la ayuda a perdonar a su madre y a su abuela y sus “titos” del pueblo. Pero
ella, se empeña en no perdonar a aquellas personas del ayuntamiento que la
obligaron a rechazar a su padre, a base de mentirla.
Pedro y Soraya son ahora
inseparables. Pedro se ha hecho muy protector con su hermana, ya que la ve muy
débil y triste por todo lo que ha pasado.
Soraya tiene problemas en los
estudios, y a veces tiene arrebatos irracionales, y muchos días ni habla, o
esta triste, pero se va recuperando.
Soraya no sabe cómo perdonar a su
madre, pero algún día….
Su padre, para animarla, le canta la canción de Barry White
que tanto le gustaba a ella cuando era pequeña, esa que dice:
Tú eres,……Lo primero…….Lo último…..Lo único.
Su padre, para recuperar lo bueno
que tiene guardado en su memoria, le prepara las comidas que a ella tanto le
gustaban de pequeña, para recuperar los olores de su infancia. También la lleva
a esos sitios que tanto le gustaban de pequeña, para recuperar los paisajes y
los colores, que perdió cuando se la llevaron la madre y los servicios sociales
a otro pueblo alejado.
Han pasado cinco meses y Soraya
está ilusionada por volver al colegio de nuevo, y está mucho mejor, pero sigue
teniendo una mirada triste que tardará algún tiempo en cambiar.
Hasta aquí, la pequeña historia
de Soraya, pero quiero dejar claro que ésta una historia que se repite cada
día, con muchos niños en España. Y otras mucho mas terribles.
El Decreto 9/18 de 3 de agosto,
va a propiciar, sin lugar a dudas, que a muchos niños se les rompa su infancia
por la mitad, y descubrir, más tarde que pronto, que nuestros legisladores no
son han sido capaces de ver, qué efectos perversos van a tener sus leyes, a
nuestra infancia.
Y para la lucha contra violencia
que sufren las mujeres, no es necesario sacrificar la infancia de nuestro país.
En este caso, el fin no justifica
los medios. En ningún caso
En otros países, se resuelven
estos temas de otra forma. Por ejemplo, en Bélgica.
Cuando un Juzgado tiene conocimiento
de que hay un episodio de violencia puntual en una pareja, sobre todo porque se
están separando, se les impone una orden de alejamiento de 10 días, en los que
se evalúa a la familia entera, para comprobar que es un conflicto puntual o es
algo más grave.
Si es algo grave, se adoptan
medidas civiles de protección, nunca penales, ya que ello no ayuda a pacificar
el conflicto. Se programan intervenciones terapéuticas a toda la familia y si
el miembro de la familia que usa la violencia, aprende a controlarse, las cosas
van a mejor. Lo decimos, porque se hace así cuando la persona violenta es el
padre, la madre o el hijo, de forma indistinta.
Si se comprueba que el episodio
de violencia ha sido un hecho puntual dentro de un contexto de ruptura de pareja,
se toman medidas coercitivas por parte del Juez, conminando a las partes a que
no vuelvan a “perder los papeles” y mucho menos delante de los niños, so pena
de medidas más duras. Los jueces, se hacen respetar de verdad.
Se toman medidas provisionales y
se establecen de inmediato las medidas que mejor protegen a los niños de esta
situación, poniendo los intercambios en los colegios o en sitios seguros de
intercambio. Se evita que los padres coincidan en el mismo lugar con los niños.
Se reparten las responsabilidades parentales, independientemente de quien
ostente la custodia. Se les hace un seguimiento durante la puesta en práctica
de las medidas provisionales, que no un informe psicosocial puntual que no
sirve para nada. Con ese seguimiento, el juez tiene mucha mas información real
y cercana de cómo reorganizar la vida de los hijos en el futuro (sentencia)
para evitarles que sufran más de lo debido la ruptura de sus padres.
Por eso escribo este artículo,
para intentar hacer recapacitar a nuestros legisladores de que hay que cambiar
las cosas, pero pensado en los mejor para nuestros niños.
No comprendo, cómo los
legisladores se empeñan en ignorar que en los países en los que la custodia
compartida es preferente desde las medidas provisionales, los índices de
denuncias por violencia de género y doméstica, disminuyen ostensiblemente hasta
un 40% en los dos años siguientes a la aprobación de la ley.
Si ésta herramienta, se ha
comprobado que es muy eficaz contra la lucha de la violencia,
¿Por qué no hacen nada?
Se ha demostrado en otros países,
como Nueva Zelanda o en Reino Unido, en donde se aprobaron leyes como este RDL
9/18, que los índices de violencia en las rupturas de pareja se dispararon a
casi el doble, y lo que es mas grave, algunas personas decidieron matar a sus
hijos tras estos procesos de los servicios sociales.
No llego a comprender por qué el
gobierno se empeña en aprobar leyes que van a poner a más mujeres y niños en el
“punto de mira” de la violencia. Mucho más grave, se empeñan en aprobar una ley
que va a afectar muy negativamente, a miles de niños y niñas en nuestro país.
Ya lo estamos viviendo con la LO
1/2004 que arrojan unos resultados nefastos:
Las denuncias desde la aprobación
de dicha ley se han incrementado en un 500%.
Las muertes de mujeres se han
incrementado en un 250%.
Los infanticidios, en este
contexto, se ha incrementado en un 300%.
Y yo me pregunto:
¿Nadie va a hacer nada por
remediar esta forma de tratar este problema?
Agosto 2018.-
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