lunes, 5 de junio de 2023

Comunicado de prensa y conclusiones de la conferencia internacional sobre custodia compartida de Atenas 2023


Comunicado de prensa y conclusiones de la conferencia internacional sobre custodia compartida de Atenas 2023

12 de mayo de 2023

Como la organización líder mundial dedicada al estudio de la crianza compartida y el interés superior de los niños después de la separación de los padres, el Consejo Internacional sobre la Crianza Compartida ha concluido su Sexta Conferencia Internacional sobre Crianza Compartida, celebrada en Atenas, Grecia, del 5 al 7 de mayo de 2023.

Los objetivos del Consejo son, en primer lugar, el avance del conocimiento científico sobre las necesidades y el interés superior de los niños cuyos padres viven separados, y en segundo lugar, formular recomendaciones basadas en pruebas sobre la aplicación jurídica, judicial y práctica de la crianza compartida. El Consejo ha compilado una gran base de datos de nuevas investigaciones sobre los resultados de los niños y las familias en las familias de padres compartidos, y trata de integrar este conocimiento científico en el derecho de familia y la práctica profesional. Nuestro principal logro ha sido la publicación de una serie de declaraciones de consenso sobre la crianza compartida y el interés superior de los niños, al final de cada una de nuestras seis conferencias internacionales hasta la fecha.

Lo que es único acerca del Consejo es que reúne a tres grupos distintos en diálogo: científicos líderes en el campo de la crianza compartida que pueden compartir sus investigaciones actuales; los principales profesionales legales y de salud mental para niños y familias que se especializan en el área de la separación de los padres y pueden compartir información sobre las mejores prácticas con los niños y las familias; y miembros de la sociedad civil que participan activamente en la política de reforma legislativa para establecer la paternidad compartida como fundamento del derecho de familia. También somos únicos en lo que respecta al alcance internacional de nuestra organización; Este año atrajimos a 200 delegados en línea y en persona de 34 países a nuestra conferencia internacional.

Nuestra sexta conferencia internacional fue la más ambiciosa hasta la fecha en cuanto al número y la amplitud de alcance de las presentaciones ofrecidas. En total, ofrecimos un total de 74 presentaciones plenarias, talleres, paneles y mesas redondas, con más de 100 oradores. El tema de nuestra conferencia fue, Nuevos paradigmas: avances en la investigación y la práctica sobre la crianza compartida. Nuestros subtemas incluyeron: Comparaciones internacionales en la ley de crianza compartida, Mejores prácticas en justicia amigable para los niños y la familia, Mejores prácticas en la intervención de salud mental amigable para los niños y la familia, Experiencias de niños y familias afectadas por la violencia doméstica y la alienación de los padres, y Superación de las barreras para el establecimiento de Crianza Compartida en la Ley. Al elaborar conclusiones con respecto a cada uno de estos subtemas, solicitamos la asistencia de los presidentes y moderadores de las sesiones del taller en la conferencia, así como de todos los presentadores del plenario.

Las conclusiones de la Sexta Conferencia Internacional sobre la Crianza Compartida son las siguientes:

1. Reafirmamos la conclusión principal de nuestra primera conferencia internacional: Existe un consenso de que ni el estándar discrecional del interés superior del niño ni las órdenes de custodia exclusiva o residencia primaria están satisfaciendo las necesidades de los niños y las familias de divorcio. Existe un consenso de que la crianza compartida es un acuerdo de crianza viable después del divorcio que es óptimo para el desarrollo y el bienestar del niño, incluso para los niños de padres altamente conflictivos. La cantidad de tiempo de crianza compartido necesario para lograr el bienestar del niño y los resultados positivos es un mínimo de un tercio de tiempo con cada padre, con beneficios adicionales que se acumulan hasta e incluyendo el mismo (50-50) tiempo de crianza, incluido el tiempo entre semana (rutina) y el fin de semana (ocio).

2. Reafirmamos la principal conclusión de nuestra segunda conferencia internacional: "Dado que la paternidad compartida abarca tanto la autoridad parental compartida (toma de decisiones) como la responsabilidad parental compartida para la crianza cotidiana y el bienestar de los niños, entre padres y madres, de acuerdo con la edad y la etapa de desarrollo de los niños, existe consenso en que la implementación legal de la crianza compartida, incluida tanto la asunción de responsabilidades compartidas como la presunción de derechos compartidos en  la consideración de la crianza de los hijos por padres y madres que viven juntos o separados, se consagre en la ley".

3. Reforzamos la conclusión principal de nuestra tercera conferencia internacional: sobre la base de la evidencia de investigación actual, los científicos sociales ahora pueden recomendar con confianza la presunta crianza compartida a los responsables políticos. La crianza compartida ahora tiene suficiente evidencia de que la carga de la prueba debe recaer en aquellos que se oponen a ella en lugar de aquellos que la promueven.

4. Reafirmamos la recomendación principal de nuestra cuarta conferencia internacional, pidiendo al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, a los gobiernos y a las asociaciones profesionales que identifiquen la crianza compartida como un derecho fundamental del niño. Fuimos más allá al afirmar que se necesita una Carta de Responsabilidades correspondiente a las Necesidades de los Niños en la Transición de Separación y Divorcio, y que la responsabilidad compartida de los padres está más en consonancia con un enfoque de responsabilidad a las necesidades del interés superior del niño. Existe un consenso de que es responsabilidad de las instituciones sociales, incluidas las sociales públicas y privadas, instituciones de asistencia social, tribunales de justicia, autoridades administrativas y órganos legislativos, para apoyar a los padres en su responsabilidad compartida de abordar las necesidades de sus hijos en la transición de separación y divorcio.

5. Hay consenso en que la falta de responsabilidad y la falta de rendición de cuentas de las instituciones sociales, incluidas las instituciones públicas y privadas de bienestar social, los tribunales de justicia, las autoridades administrativas y los órganos legislativos, es un factor importante que compromete el bienestar de los hijos de separación y divorcio y sus familias, y se necesitan urgentemente estructuras sólidas de rendición de cuentas que deben establecerse de inmediato.

6. Al mismo tiempo, hay consenso en que los padres son responsables de inducir problemas como la alienación parental y los trastornos psicológicos en los niños. Los padres y los profesionales deben ser conscientes de los estilos de apego y las creencias motivacionales de los padres, y el apoyo profesional para romper el ciclo intergeneracional de tales patrones y dinámicas familiares dañinas es vital.

7. Reafirmamos las principales conclusiones de nuestra quinta conferencia internacional: La crianza compartida es un acuerdo de crianza viable después del divorcio que es óptimo para el desarrollo y el bienestar del niño, incluso para los hijos de padres altamente conflictivos. La crianza compartida sirve como un baluarte contra la violencia familiar por primera vez, y por lo tanto apoyamos una presunción refutable de crianza compartida en casos impugnados de custodia de los hijos, y abogamos por la crianza compartida como la base de la reforma del derecho de familia. Al mismo tiempo, existe un consenso de que la crianza compartida es un arreglo óptimo para la mayoría de los niños y las familias, incluidas las familias de alto conflicto, pero no para situaciones de violencia familiar y abuso infantil comprobados. Por lo tanto, apoyamos una presunción legal refutable contra la crianza compartida en casos de violencia familiar.

8. Hay consenso en que abordar la cuestión de la violencia familiar en los casos de separación y divorcio, y abordar la alienación parental posterior a la separación y el divorcio, no son esfuerzos mutuamente excluyentes. El reconocimiento de la alienación parental como una forma de violencia familiar es parte de nuestra responsabilidad colectiva de abordar la violencia familiar en todas sus formas. Todos los intentos de polarizar la necesidad de abordar la alienación parental, por un lado, y otras formas de violencia familiar, por el otro, ponen en riesgo a los niños y a los miembros de la familia.

9. El apoyo social formal e informal es vital no sólo para el bienestar de los niños, los padres y las familias ampliadas que sufren separación y divorcio, sino también para el éxito de los acuerdos de crianza compartida. No se puede subestimar el papel del capital social en la asistencia a los niños y las familias en su transición a acuerdos de crianza compartida.

Sentencia que condena a madre que drogaba a la hija para impedir contacto con el padre

  A UD. PROVINCIAL  SECCION N. 5 PONTEVEDRA SENTENCIA  : 00224/2023 C/ PADRE FEIJOO Nº 1, VIGO Teléfono: 986 817162-63 Correo electrónico: s...