La custodia compartida en Suecia 2017
Un modelo a seguir
En Suecia, todos los niños
menores de 18 años tienen derecho a estar bajo la custodia conjunta de ambos
progenitores o, de un solo progenitor, en caso de familias monoparentales.
Son deberes de los progenitores
que el niño tenga sus necesidades afectivas y materiales cubiertas, como son:
seguridad, sanidad y educación.
La custodia lleva aparejada la obligación
de decidir sobre todos los aspectos de la crianza del niño, en temas de educación
y atender a todas las necesidades del hijo, incluso a tener en cuenta su
opinión, cuando tengan suficiente juicio, y sea un deseo acorde a la ley y
razonable.
La custodia es sinónimo de “responsabilidad”
parental. Los adultos custodios tienen el deber de vivir con los niños de forma
cotidiana.
Hay veces que el progenitor
custodio no vive con el niño siempre, sino que en los casos de divorcio o
separación de los progenitores, el tiempo que están bajo el cuidado de uno de
ellos de forma alterna, quién está con el menor es el custodio en ese tiempo.
La custodia compartida no significa
que el tiempo de reparto de convivencia de los niños con ambos progenitores sea
igual o el 50% del tiempo, ya que ello es imposible, porque los niños cuando están
en el colegio, es el colegio quien posee la custodia legal (responsabilidad
legal) sobre los niños, o cuando van a una actividad extraescolar, son los
responsables del niño en ese momento quien ostenta la custodia o
responsabilidad de cuidar al niño.
El hecho de que haya un reparto
mas o menos igualitario del tiempo de cuidado del niño entre ambos progenitores
no significa que no exista una custodia compartida. La custodia compartida
podrá ser igualitaria o no.
En todo caso, cada progenitor
deberá abonar los gastos acreditados del hijo a medias o en proporción a sus
ingresos, sea cual sea el modelo de reparto de custodia.
Si ambos progenitores cuentan con
los mismos ingresos, se reparten al 50% los gastos del hijo. En caso de que
exista diferencias de ingresos, este reparto de asumir el coste de los gastos
del hijo, será proporcional.
En todo caso, se tendrá en cuenta
en dichos gastos, el garantizar que ambos progenitores pueden ofrecer una
vivienda digna donde vivir con su hijo, esto es, que dentro del coste del
sostenimiento del hijo se sumaran el coste de cada vivienda familiar.
Lo más importante en custodia
compartida es que ambos progenitores siguen teniendo la facultad y el deber de
adoptar de forma conjunta todas las decisiones relevantes para la vida del hijo.
Sólo cuando un progenitor este
impedido por cualquier causa, el otro podrá tomar decisiones unilaterales de
carácter urgente. En los demás casos (desacuerdo entre progenitores), necesitará
la aprobación de la autoridad de bienestar social, no de la autoridad judicial.
Ambos progenitores custodios,
deben garantizar que el hijo no recibe ningún daño ni sufre por ningún motivo.
El causante del daño podrá ser suspendido en su custodia de formas temporal o permanente,
según los casos.
Se incluyen en estos casos, los
castigos físicos o psicológicos, incluso cuando un progenitor pone obstáculos para
que el hijo no vea al otro progenitor, o en casos de manipulación mental grave del
menor, o el uso inadecuado de los recursos públicos judiciales, como por
ejemplo con denuncias instrumentales.
La custodia conjunta legal lo es
desde el nacimiento del hijo, y no desaparece con el divorcio o separación de
los progenitores y tampoco se puede renunciar a ella.
Solo en casos de grave peligro
para el hijo, puede un progenitor ser desposeído temporalmente o definitivamente
de la custodia de su hijo.
Solo cuando la pareja o
matrimonio conviven, existe la custodia conjunta, que queda disuelta con la
separación o divorcio y se convierte en custodia compartida o alterna.
Solo en casos de peligro o grave
perjuicio del menor puede un Tribunal aprobar desposeer de la custodia a un/a
progenitor/a, previo informe vinculante de los servicios sociales de Bienestar
Social.
Incluso en los mutuos acuerdos,
Bienestar Social debe prestar su consentimiento.
La custodia compartida y su forma
de reparto de tiempos de cuidado de los hijos debe ser comunicada a la Agencia
Tributaria del Gobierno sueco, a fin de poder aplicar las deducciones por hijo
en la misma proporción que cada progenitor tiene atribuidos los tiempos de
cuidado del hijo.
La custodia compartida alterna es
la forma más común de vivir que poseen los niños divorciados en Suecia, aunque
ello no signifique que estén la mitad del tiempo con cada progenitor, aunque
ello se da en la mayoría de los casos.
Este sistema legal de custodia de
los niños en Suecia, ha provocado que apenas se produzcan juicios por la lucha
por la custodia, ya que el progenitor que pretenda la custodia en solitario,
deberá justificar y probar ante un Tribunal de Justicia que el otro progenitor
no es idóneo, y si no lo logra, deber pagar todos los costes judiciales del
Estado y de las partes, que son reclamados por la agencia tributaria al
litigante.
Con este sistema, se evita judicializar
la vida de los niños y de las familias en conflicto y se logra que acudan a los
servicios sociales para resolver sus problemas, y que acudan a la mediación
para lograr un acuerdo razonable de custodia compartida, que sea aceptable para
bienestar social.
El fiscal apenas tiene funciones
en estos asuntos, salvo cuando hay grave peligro para un menor.
En realidad, cada día en nuestro
país, todas las sentencias que se dictan son de custodia compartida, como en el
modelo sueco, pero lo que falla en España, es que desaparece la obligación legal,
de facto, de compartir las responsabilidades, en igual o proporcional medida.
Creo que en España, copiando el
modelo sueco, grosso modo, desaparecerían miles de pleitos de familia en
nuestro país, y nos ahorraríamos mucho recursos públicos que en la actualidad
estamos necesitando por una mala y muy negativa forma de gestionar por los
poderes públicos este tipo de conflictos.
Sevilla enero de 2017.-
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