domingo, 25 de marzo de 2018

Trastorno facticio por poderes en el derecho de familia


En los últimos años, nos hemos encontrado en los Juzgados de familia un incremento preocupante en las separaciones y divorcios, en los que cuando llega el momento de que el padre “le toca” recoger a su hijo pequeño, dentro del régimen de visitas, o en los cambios de custodia, éste siempre está enfermo, o se pone enfermo justo después de “devolver” al niño con la madre.
Un día es un resfriado, otro día tiene fiebre no se sabe por qué, pero lo habitual es que todos los viernes alternos, el niño, por una causa u otra está enfermo, y la madre se escuda en ello para incumplir el régimen de visitas, ya que “ella” es la única preparada para cuidar de su hijo enfermo.
Y no solo nos encontramos estos casos en asuntos médicos, sino también cuando un progenitor lleva al niño al “psicólogo”.
Se mezclan en muchos casos, el hecho de que la madre encuentra un psicólogo privado, al que le refiere un rechazo del menor al padre y se inventa cosas que no existen. En muchos casos nos encontramos con niños y niñas, que aprenden de memoria a contar historias que no han pasado. Cuando se les preguntan detalles precisos, no saben qué contestar.
Tenemos actualmente un caso grave de facticio por poderes a través de una psicóloga de Málaga, que curiosamente trabaja en los equipos psicosociales de los Juzgados, que emite un informe de un niño de 6 años, en el que afirma que la madre asegura que el niño se pone malo cada vez que “le toca” irse con su padre, o que el niño es infeliz cuando está con el padre.
El niño de seis años, cuando está con su padre, le pregunta a éste de por qué es tan malo con mamá, y por qué hace sufrir a su mamá.
El padre le pregunta al niño, que cómo el hace sufrir a mamá, y el niño le responde porque ella quiere ser feliz en otra ciudad con un novio nuevo, y no se puede ir a ser feliz, porque papá no le deja irse.
Este informe se usa en un proceso de custodia compartida, y lo más grave es que la psicóloga ni siquiera conoce al niño, pero tampoco conoce al padre.
Previamente a este informe, la madre había llevado al niño a varios centros de salud, diferentes, en los que obtenía informes que el niño estaba malito, cada vez que el niño regresaba de estar con su padre. Lo que no sabía la madre, es que el padre llevaba cada domingo que tenía al niño, al centro de salud, donde le hacían un informe del niño, de que estaba perfectamente.
Un caso muy usual de facticio por poderes, se da cuando se explica a un hijo o a una hija, que es que tu padre-madre cuando eras una bebé, abusaba (sexualmente) de ti. Se lleva al hijo o la hija a varios psicólogos, hasta encontrar uno que emite un informe favorable, a cambio de dinero.
Hemos encontrado hace poco un caso, en el que una niña de dos años explica los abusos de los que fue objeto por su padre, a un psicólogo forense, de cuando ella tenía cuatro meses.
¿Están los pediatras y médicos de urgencia dando credibilidad o colaborando con estas madres enfermas, que enferman a sus hijos o les inciden a mentir?
¿Y los psicólogos privados? 
Este hecho suele darse de forma muy habitual en niños de 0 a 8 años. A partir de esa edad es mas complejo, ya que se mezcla el facticio, con la alienación parental dependiente.
Los niños y niñas que sufren el facticio por poderes, desarrollan una dependencia emocional del progenitor de que se “supone” se preocupa tanto por su salud. Los llevan tanto al médico, como una muestra de amor.
Hemos oído decir a una niña de siete años decir a su padre: es que mamá me quiere más que tu, porque ella me lleva siempre al médico y tu no.
El progenitor que no usa el facticio por poderes, se convierte en el enemigo de la salud del menor, y el niño termina por rechazar a aquel, porque crece creyendo que ir al médico es un acto de amor incondicional.
Recuerdo un caso en Madrid, en que un niño de 9 años, fue convencido por una psicóloga y su madre, de que él iba al psicólogo, porque era preocupante que él quisiera seguir viendo a su padre, con lo malo que era su padre, y “eso” había que tratarlo como una enfermedad
Muchos abogados de familia, se niegan a través de sus asociaciones incluso, a reconocer este tipo de fenómenos iatrogénicos que producen los divorcios en los niños, porque se niegan a ver que miles de niños y niñas están sufriendo en España, por la forma en que se gestionan los procesos en los Juzgados de Familia, y más cuando nos encontramos con estos casos.
El problema es que el niño en un pleito de familia, es como la pelota en un partido de futbol o baloncesto. Quien controla la pelota, controla el partido.
Es curioso, que en aquellos países en los que la custodia compartida y alternada, es preferente en las leyes, o bien es un derecho del menor recogido en las leyes de los derechos del niño, son aquellos en los que este grave trastorno, apenas aparece.
En España, sin embargo, este trastorno no solo va en aumento, sino que los juzgados y equipos psicosociales, cuando detectan la posibilidad de estar ante este tipo de maltrato infantil, miran hacia otro lado, ya que la única solución para poner a salvo al niño del facticio por poderes, es evitar el contacto con el progenitor maltratador, o bien poner visitas tuteladas.
Hemos detectado que el facticio por poderes, es el primer síntoma que se produce en un proceso alienador en muchos niños. Cuando se intenta una alienación parental y ésta no da un resultado buscado por el alienador, el facticio por poderes es la segunda fase del intento de tener el control absoluto sobre el hijo.
Con el facticio por poderes, se logran tres objetivos, que no dejan de ser enfermizos:
1º.- Convertir al hijo en una persona psico-dependiente y muy vulnerable en todos los aspectos.
2º.- Lograr el aislamiento del hijo del cariño del otro progenitor.    
3º.- Lograr el alejamiento físico y emocional del hijo del otro progenitor.
Muchos lectores pensarán que este artículo es algo sexista, pero los datos son los que son: el 99% de los casos de trastorno de facticio por poderes, lo sufren las madres.
Este trastorno es tan grave, que hay madres que sigue enfermando a sus hijos, en casos muy extremos, hasta provocar la muerte del hijo. Afortunadamente, son muy pocos los casos ocurridos con este fatal desenlace.
Lo que más preocupa a los sanitarios con los que hemos consultado, es cómo este trastorno de facticio por poderes, se está produciendo más en el ámbito psicológico que en el físico, y las secuelas a largo plazo en la salud mental de los niños sometidos a este trastorno, apenas se conocen.
Conocemos y hemos encontrado algunos de los efectos a corto plazo en niños, sometidos a facticio por poderes, a través de médicos o de psicólogos:
-          Comienzan a tener problemas con compañeros de colegio y profesores, sobre todo si la madre no le interesa que el hijo vaya a ese colegio.
-          Comienzan a ser detectados como niños con TDAH.
-          Comienzan a ser medicados sin prescripción facultativa y sin control.
-          Suelen quejarse continuamente de dolores, casi siempre en la barriga o dolores de cabeza, sobre todo cuando se les lleva la contraria o se les obliga a comer “lo que no quieren” o a ducharse.
-          Suelen comportarse de forma muy distante con la familia extensa del progenitor no trastornado.
-          Problemas para conciliar el sueño.
-          Desarrollan un discurso muy maduro para su edad, o con expresiones impropias de su edad.
¿Cuántos casos de cambios de colegio se producen en los divorcios, porque los niños empiezan a tener problemas con el colegio que le gusta al progenitor no custodio?
Así que, si eres abogado de familia y un cliente te comunica que a su hijo (hijo único) o a su hijo mayor (en caso de tener varios hijos) les está pasando todo esto, es importante acudir al medico pediatra o a un médico psiquiatra infantil, a fin de poder comprobar que estamos ante un trastorno de facticio por poderes y poner en conocimiento del Juzgado de inmediato vía del art. 158 del C. Civil, la situación de grave riesgo del hijo, para adoptar medidas cautelares.
Hasta ahora, en los casos que hemos llevado de este fenómeno, los equipos psicosociales de los Juzgados desconocían cómo tratar este tipo de problema, y los Juzgados apenas se atreven a tomar decisiones cuando se encuentran con un problema tan grave, pero relativizan este trastorno, tanto, como hace menos de veinte años, hacían lo mismo con las mujeres maltratadas.   

Sevilla 24 de marzo de 2018.-  

Publicado en https://confilegal.com/20180325-que-hacer-cuando-se-produce-el-trastorno-facticio-por-poderes-en-el-derecho-de-familia/

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