domingo, 23 de julio de 2017

¿Somos los hombres dueños de nuestro cuerpo y de nuestro ADN?


¿Somos los hombres dueños de nuestro cuerpo y de nuestro ADN?

Me planteó hace un tiempo, un hombre a quien se le reclamaba el reconocimiento de la paternidad de un niño, que él, cuando tuvo relaciones sexuales consentidas con una mujer, siempre estuvieron de acuerdo con no tener hijos. El no quería tener hijos, simplemente. 
La pareja de este hombre andaba cerca de los 40 años y decidió sin informar al hombre, que iba a tener un hijo con el, dejando de tomar los anticonceptivos que ella decía tomar.
El caso es que ella, decidió tener aquel hijo, tras su embarazo, echó al hombre de su vida, y le reclamó una paternidad no deseada, y mucho dinero como pensión de alimentos.
La cuestión es que a raíz de leer el libro de Carmen Serrano, me vino a la cabeza aquel caso, que últimamente se vuelven a dar muy a menudo y me planteo las siguientes preguntas:
¿para que exista sexo es necesaria la eyaculación del hombre o llegar al orgasmo?
Muchos especialistas hablan de sexo sin eyaculación y sin orgasmo.
Por tanto se podría acusar a una mujer que engaña a su pareja hombre a tener una relación sexual con eyaculación con la creencia que ella no se va a quedar embarazada, se posible delito de abuso sexual? 
Yo entiendo que sí.
El código penal español dice que es abuso sexual . El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
Según la RAE Indemnidad es el ”Estado o situación de quien está libre de daño o perjuicio”.
Perjuicio es el hecho de tener que aceptar en contra de su voluntad a un hijo no deseado.
Por ende, creo que sería plausible denunciar a una mujer que se queda embarazada sin el consentimiento del hombre con el que ha mantenido relaciones sexuales libres, pero bajo engaño.
Pero es más, creo que existen dos delitos conexos en este caso:
Para poder quedarse embarazada la mujer debe haber engañado al hombre y eso es delito, siempre y cuando sostenga que quiere dinero de pensión, ya que el código penal dice que: “Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
Porque tenemos derecho a nuestro cuerpo y somos dueños de un ADN irreproducible y único, nadie tiene derecho a apropiarse mediante engaño de nuestro ADN, y menos aún trasmitirlo a terceras personas (embrión) sin nuestro consentimiento.
Porque somos dueños de nuestros cuerpos, por eso animo a todos aquellos que son obligados contra su voluntad a ser padres sin querer serlo a que tomen medidas contra estas mujeres que se apropian indebidamente del ADN de los hombres, con fines egoístas y con ánimo de lucro.
La mujer en cuanto libre y dueña de su cuerpo, tiene a su disposición los bancos de semen si desean ser madres solas. Por lo que usar el método del engaño a su pareja, es delito.
Terminar diciendo que es comprensible que las mujeres hayan logrado el reconocimiento de esto mismo en las leyes, y los hombres también queremos lo que ellas, ser tratados de igual forma, simplemente. 
Somos libres y dueños de nuestro cuerpo y con el hacemos lo que queremos.
José Luis Sariego 2013

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