Formulario del
Contrato de Mediación y Acta de Inicio
Formulario del
Contrato de Mediación y Acta de Inicio de la mediación previsto en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre,
por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de
julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
 Contrato
de Mediación y Acta de Inicio:
Contrato
de Mediación y Acta de Inicio: 
Número de expediente          
 Identificación/Datos
de la reunión
Identificación/Datos
de la reunión

 Fecha   
                                   Hora
de inicio                    Hora de
finalización
Fecha   
                                   Hora
de inicio                    Hora de
finalización 
Identificación de las personas que se acogen a la
mediación: 


 D/Dª                                                         
                                            y DNI
D/Dª                                                         
                                            y DNI                                     
 con domicilio en
con domicilio en                                                          
y con correo
electrónico                                                                                     
(Participante N° 1)


 D/Dª                                                         
                                            y DNI
D/Dª                                                         
                                            y DNI                                     
 con domicilio en
con domicilio en                                                          
y con correo
electrónico                                                                                     
(Participante N° 2)
 Conforme al artículo 19 del Real Decreto Ley 5/2012, de 5 de marzo, acuerdan
someterse a mediación bajo la intervención del mediador:
Conforme al artículo 19 del Real Decreto Ley 5/2012, de 5 de marzo, acuerdan
someterse a mediación bajo la intervención del mediador:
 D./Dª
D./Dª 
núm. de Registro                            y acuerdan firmar el siguiente acuerdo para
mediar, declarando su buena fe y predisposición a asumir las obligaciones que
pudieran surgir al fin del proceso.
Ambos intervienen en
su propio nombre y derecho y aceptan la mediación por medios electrónicos
dentro de los siguientes términos:
PRIMERO.
Derechos y Deberes  
|  1. La mediación
  es un proceso voluntario. La
  persona mediadora debe ayudar a las partes a estudiar cada uno de los puntos
  en discusión desde un contexto favorable para los intereses comunes, que
  permita acuerdos satisfactorios para ambas partes. La persona mediadora debe
  conducir el proceso en un contexto de neutralidad e imparcialidad sin influir
  en las decisiones de las partes. 2. Las partes son las protagonistas en la toma de decisiones y tienen la
  responsabilidad última sobre los contenidos del acuerdo. 3. Las partes y las personas mediadoras han de actuar
  de acuerdo con las exigencias de la buena
  fe. 4. Es causa fundamental en el proceso de mediación
  velar por el interés superior de los hijos menores o con discapacidad. 5. Toda la información, tanto oral como escrita, es
  confidencial. Las partes aceptan que esta información no pueda ser aportada
  como prueba ante el Juez y se comprometen a no citar a las personas
  mediadoras como testigos ni como peritos en cualquier procedimiento judicial
  o administrativo relativo al conflicto. Se exceptúan de esta confidencialidad: a) la información no
  personalizada y utilizada para finalidades de formación o investigación y b)
  la información que comporte una amenaza para la vida o la integridad física
  de una persona. 6. Las partes deben aportar toda la información
  necesaria para que tanto ellas como la persona mediadora puedan estudiar
  todos los temas en discusión y tratarlos con el conocimiento adecuado. 7. Las partes y la persona mediadora deben asistir personalmente a las sesiones
  de mediación sin que se puedan valer de representantes o intermediarios. 8. Las partes pueden, cuando lo consideren necesario o
  conveniente, solicitar la suspensión
  del proceso de mediación para hacer consultas a sus abogados o a
  cualquier otro profesional. 9. Al acabar el proceso, las partes y la persona
  mediadora deben firmar un documento en
  el que se recojan todos los puntos del acuerdo. 10. Las partes y la persona mediadora tienen el
  derecho de dar por finalizada la
  mediación en los casos previstos en el artículo 22 del Real Decreto-ley
  5/2012, de 5 de marzo. 11. Las partes y/o la persona mediadora pueden dar por
  acabada la mediación cuando se aprecie falta
  de colaboración en una de las partes o no respeto de las condiciones
  establecidas, y cuando el proceso se vuelva inútil para la finalidad
  perseguida, considerando las cuestiones sometidas a la mediación. | 
SEGUNDO.
Objeto de la mediación Las partes se
someten a mediación para llegar a un acuerdo en: Enumerar los
conflictos que se van a someter a mediación. Se pueden poner tantos como sea
necesario.
| 1. Ejemplo: materias económicas, conflictos
  de convivencia, reclamaciones económicas,… 2. 3. 4. 5. | 
TERCERO. Desarrollo del procedimiento y duración La mediación se
llevará a cabo en un número de        sesiones inicialmente previstas, duración
máxima estimada de         minutos por sesión, siendo el período de sesiones hasta        días
hábiles. No obstante, las partes pueden solicitar
una prórroga que deberá estar motivada. 
CUARTO.
 Coste de la mediación por persona y sesión El coste de la
mediación se dividirá por igual entre las partes firmantes, salvo pacto contrario,
según el artículo 15 del Real Decreto-ley
5/2012, de 5 de marzo. En caso de necesidad, se podrá realizar una
provisión de fondos. Y, en su caso, información
sobre la gratuidad del servicio.
Conceptos: 
Núm. de sesiones por
          €
Cada sesión:            €
Redacción de
acuerdo:           €
Otros gastos:            €
      o Gratuidad del servicio
QUINTO. Lengua de desarrollo de la mediación se desarrollar bb …………                           b      
SEXTO. Se informa a las
partes que  durante el tiempo en que se
desarrolle la mediación por medios electrónicos no podrán interponer entre sí
ninguna acción judicial o extrajudicial en relación con su objeto según el artículo 10.2  del Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo.
SEPTIMO. Se informa a las partes que el posible acuerdo se podrá
elevar a escritura pública y/o solicitar su homologación judicial conforme al artículo 25.4 de la Ley de Enjuiciamientos
Civil,  y al mismo tiempo que de
conformidad al artículo 26 del Real
Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, la ejecución del acuerdo puede ser
solicitada judicialmente.
Habiendo sido informadas acerca de
las características básicas de la mediación, manifiestan su voluntad de
participar en la mediación y tanto las partes, como la persona mediadora se
comprometen a aceptar y cumplir estos principios básicos.
Y para que así conste, se extiende
esta acta entregando un ejemplar a cada una de las partes a un solo efecto en el
lugar y fecha indicados al pie.


 A través de
A través de                                                              
a
fecha                                                                    a las horas 
 Acuerdan ambas
partes: 
| Participante N° 1 
 | Participante N° 1 
 | 
| 
 con DNI:  | 
 con DNI:  | 
| Firma: | Firma: | 
El/la mediador/a: (Firma
electrónica de la persona mediadora)
| 
 | 
| 
 con DNI:  | 
| Firma: | 






 
 
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