lunes, 4 de marzo de 2024

Guía fácil para cambiar de sexo en el registro civil y en el DNI

 

Guía cambiar de sexo en el registro y DNI

Cualquier persona mayor de 14 años cumplidos puede pedirlo

Para las personas de entre 12 y 14 años, la Ley exige un procedimiento judicial.

Si la persona es mayor de 16 años, puede solicitarlo ella misma sin intervención de sus padres.

Entre los 14 y 16 años, deben intervenir sus representantes legales, con independencia de quién tenga atribuida la custodia

¿Qué ocurre si alguno de los representantes legales se niega?

Se procede al nombramiento de un defensor judicial de conformidad con lo previsto en los artículos 235 y 236 del Código Civil que debe pedirse ante el Juzgado decano de tu ciudad, rellenando este modelo que puedes descargarte pulsando aquí.

¿Cuál es el Registro Civil competente?: Cualquiera

La solicitud de inicio del procedimiento podrá presentarse en cualquier oficina del Registro Civil y la competencia para su tramitación corresponderá a la persona encargada de la oficina en la que se haya presentado la solicitud.

¿Podemos pedirlo por correo certificado?: Sí.

Es importante presentarlo en correos en un sobre abierto el documento de la solicitud y la que se adjunte, para que sea sellada en Correos con sello de entrada, y se selle la copia de la solicitud que debe llevarse, y tras ello se cierra el sobre y se envía mediante correo certificado. Así te queda constancia de tu solicitud.

¿Qué documentación me pueden pedir?

Sólo te pueden pedir el escrito de solicitud cuyo modelo facilitamos más adelante, el Certificado literal de nacimiento de la persona interesada, copia del DNI de la persona interesada y los específicos, si eres menor de 16 años.

No es necesario aportar certificado de empadronamiento.

Si te ponen problemas los funcionarios del Registro, puedes presentar una queja en este enlace : https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/quejas-sugerencias

Fases del procedimiento

  1. Solicitud.
  2. Recibirás dos citas para dos comparecencias.
  3. En la primera te pedirán que testifiques qué manifiestes que no estás de acuerdo con que te hayan considerado hombre o mujer y que pides que se rectifique tu sexo a hombre o mujer. No estarás obligado a cambiar tu nombre salvo que quieras hacerlo.
  4. Te informarán de las consecuencias jurídicas de la rectificación registral y de todas las medidas de asistencia a personas trans y te dirán que firmes el acta de la comparecencia. Debes leer atentamente el acta antes de firmarlo, ya que nos hemos encontrado con casos en los que recogen cosas que el solicitante no ha dicho. Si es así, debes hacer foto con tu móvil y decir que te niegas a firmar y decir que vas a presentar una queja ante el ministerio en el enlace que pusimos arriba y que te recordamos ahora: https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/quejas-sugerencias 
  5. En la segunda cita o comparecencia (máximo 3 meses desde la primera) te pedirán que digas si sigues pidiendo el cambio registral de sexo. Tanto en la primera cita como en la segunda deben dirigirse a ti con el nombre que hayas elegido si eliges cambiar tu nombre también. Una vez, te ratifiques, se procede a resolver que se puede inscribir tu cambio de sexo.

¿Qué trámites debo realizar tras obtener la rectificación del sexo?

Debes pedir tu renovación del DNI y deberás llevar un certificado literal de nacimiento en el que figuren los nuevos datos, una foto en color para DNI y un certificado del padrón.

Deberías actualizar tu información sobre tu nuevo sexo en el padrón municipal, en la Agencia Tributaria, en la Seguridad Social, en Tráfico, en la universidad, en los clubs a los que pertenezcas, asociaciones, etc.

Podrás pedir ayudas o subvenciones públicas según tu nuevo sexo. Debes tener en cuenta que hay ayudas especificas según sea tu sexo.

Modelo de solicitud rectificación para descargar 

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