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viernes, 30 de junio de 2023
lunes, 5 de junio de 2023
Comunicado de prensa y conclusiones de la conferencia internacional sobre custodia compartida de Atenas 2023
Comunicado de prensa y conclusiones de la conferencia internacional sobre custodia compartida de Atenas 2023
12 de mayo de 2023
Como la
organización líder mundial dedicada al estudio de la crianza compartida y el
interés superior de los niños después de la separación de los padres, el
Consejo Internacional sobre la Crianza Compartida ha concluido su Sexta
Conferencia Internacional sobre Crianza Compartida, celebrada en Atenas,
Grecia, del 5 al 7 de mayo de 2023.
Los objetivos
del Consejo son, en primer lugar, el avance del conocimiento científico sobre
las necesidades y el interés superior de los niños cuyos padres viven
separados, y en segundo lugar, formular recomendaciones basadas en pruebas
sobre la aplicación jurídica, judicial y práctica de la crianza compartida. El
Consejo ha compilado una gran base de datos de nuevas investigaciones sobre los
resultados de los niños y las familias en las familias de padres compartidos, y
trata de integrar este conocimiento científico en el derecho de familia y la
práctica profesional. Nuestro principal logro ha sido la publicación de una
serie de declaraciones de consenso sobre la crianza compartida y el interés
superior de los niños, al final de cada una de nuestras seis conferencias
internacionales hasta la fecha.
Lo que es
único acerca del Consejo es que reúne a tres grupos distintos en diálogo:
científicos líderes en el campo de la crianza compartida que pueden compartir
sus investigaciones actuales; los principales profesionales legales y de salud
mental para niños y familias que se especializan en el área de la separación de
los padres y pueden compartir información sobre las mejores prácticas con los
niños y las familias; y miembros de la sociedad civil que participan
activamente en la política de reforma legislativa para establecer la paternidad
compartida como fundamento del derecho de familia. También somos únicos en lo
que respecta al alcance internacional de nuestra organización; Este año
atrajimos a 200 delegados en línea y en persona de 34 países a nuestra
conferencia internacional.
Nuestra sexta
conferencia internacional fue la más ambiciosa hasta la fecha en cuanto al
número y la amplitud de alcance de las presentaciones ofrecidas. En total,
ofrecimos un total de 74 presentaciones plenarias, talleres, paneles y mesas
redondas, con más de 100 oradores. El tema de nuestra conferencia fue, Nuevos
paradigmas: avances en la investigación y la práctica sobre la crianza
compartida. Nuestros subtemas incluyeron: Comparaciones internacionales en la
ley de crianza compartida, Mejores prácticas en justicia amigable para los
niños y la familia, Mejores prácticas en la intervención de salud mental
amigable para los niños y la familia, Experiencias de niños y familias
afectadas por la violencia doméstica y la alienación de los padres, y
Superación de las barreras para el establecimiento de Crianza Compartida en la
Ley. Al elaborar conclusiones con respecto a cada uno de estos subtemas,
solicitamos la asistencia de los presidentes y moderadores de las sesiones del
taller en la conferencia, así como de todos los presentadores del plenario.
Las
conclusiones de la Sexta Conferencia Internacional sobre la Crianza Compartida
son las siguientes:
1. Reafirmamos
la conclusión principal de nuestra primera conferencia internacional: Existe un
consenso de que ni el estándar discrecional del interés superior del niño ni
las órdenes de custodia exclusiva o residencia primaria están satisfaciendo las
necesidades de los niños y las familias de divorcio. Existe un consenso de que
la crianza compartida es un acuerdo de crianza viable después del divorcio que
es óptimo para el desarrollo y el bienestar del niño, incluso para los niños de
padres altamente conflictivos. La cantidad de tiempo de crianza compartido
necesario para lograr el bienestar del niño y los resultados positivos es un
mínimo de un tercio de tiempo con cada padre, con beneficios adicionales que se
acumulan hasta e incluyendo el mismo (50-50) tiempo de crianza, incluido el
tiempo entre semana (rutina) y el fin de semana (ocio).
2. Reafirmamos
la principal conclusión de nuestra segunda conferencia internacional:
"Dado que la paternidad compartida abarca tanto la autoridad parental
compartida (toma de decisiones) como la responsabilidad parental compartida
para la crianza cotidiana y el bienestar de los niños, entre padres y madres,
de acuerdo con la edad y la etapa de desarrollo de los niños, existe consenso
en que la implementación legal de la crianza compartida, incluida tanto la
asunción de responsabilidades compartidas como la presunción de derechos
compartidos en la consideración de la
crianza de los hijos por padres y madres que viven juntos o separados, se
consagre en la ley".
3. Reforzamos
la conclusión principal de nuestra tercera conferencia internacional: sobre la
base de la evidencia de investigación actual, los científicos sociales ahora
pueden recomendar con confianza la presunta crianza compartida a los
responsables políticos. La crianza compartida ahora tiene suficiente evidencia
de que la carga de la prueba debe recaer en aquellos que se oponen a ella en
lugar de aquellos que la promueven.
4. Reafirmamos
la recomendación principal de nuestra cuarta conferencia internacional,
pidiendo al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, a los
gobiernos y a las asociaciones profesionales que identifiquen la crianza
compartida como un derecho fundamental del niño. Fuimos más allá al afirmar que
se necesita una Carta de Responsabilidades correspondiente a las Necesidades de
los Niños en la Transición de Separación y Divorcio, y que la responsabilidad
compartida de los padres está más en consonancia con un enfoque de
responsabilidad a las necesidades del interés superior del niño. Existe un
consenso de que es responsabilidad de las instituciones sociales, incluidas las
sociales públicas y privadas, instituciones de asistencia social, tribunales de
justicia, autoridades administrativas y órganos legislativos, para apoyar a los
padres en su responsabilidad compartida de abordar las necesidades de sus hijos
en la transición de separación y divorcio.
5. Hay
consenso en que la falta de responsabilidad y la falta de rendición de cuentas
de las instituciones sociales, incluidas las instituciones públicas y privadas
de bienestar social, los tribunales de justicia, las autoridades
administrativas y los órganos legislativos, es un factor importante que
compromete el bienestar de los hijos de separación y divorcio y sus familias, y
se necesitan urgentemente estructuras sólidas de rendición de cuentas que deben
establecerse de inmediato.
6. Al mismo
tiempo, hay consenso en que los padres son responsables de inducir problemas
como la alienación parental y los trastornos psicológicos en los niños. Los
padres y los profesionales deben ser conscientes de los estilos de apego y las
creencias motivacionales de los padres, y el apoyo profesional para romper el
ciclo intergeneracional de tales patrones y dinámicas familiares dañinas es
vital.
7. Reafirmamos
las principales conclusiones de nuestra quinta conferencia internacional: La
crianza compartida es un acuerdo de crianza viable después del divorcio que es
óptimo para el desarrollo y el bienestar del niño, incluso para los hijos de
padres altamente conflictivos. La crianza compartida sirve como un baluarte
contra la violencia familiar por primera vez, y por lo tanto apoyamos una
presunción refutable de crianza compartida en casos impugnados de custodia de
los hijos, y abogamos por la crianza compartida como la base de la reforma del
derecho de familia. Al mismo tiempo, existe un consenso de que la crianza
compartida es un arreglo óptimo para la mayoría de los niños y las familias,
incluidas las familias de alto conflicto, pero no para situaciones de violencia
familiar y abuso infantil comprobados. Por lo tanto, apoyamos una presunción
legal refutable contra la crianza compartida en casos de violencia familiar.
8. Hay
consenso en que abordar la cuestión de la violencia familiar en los casos de
separación y divorcio, y abordar la alienación parental posterior a la
separación y el divorcio, no son esfuerzos mutuamente excluyentes. El
reconocimiento de la alienación parental como una forma de violencia familiar
es parte de nuestra responsabilidad colectiva de abordar la violencia familiar
en todas sus formas. Todos los intentos de polarizar la necesidad de abordar la
alienación parental, por un lado, y otras formas de violencia familiar, por el
otro, ponen en riesgo a los niños y a los miembros de la familia.
9. El apoyo
social formal e informal es vital no sólo para el bienestar de los niños, los
padres y las familias ampliadas que sufren separación y divorcio, sino también
para el éxito de los acuerdos de crianza compartida. No se puede subestimar el
papel del capital social en la asistencia a los niños y las familias en su
transición a acuerdos de crianza compartida.
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